Cuando solicitamos los servicios de un m茅dico, enfermera o profesional de la salud, le encomendamos nuestra salud y principalmente nuestra vida. Todos los pacientes tienen derechos, y es importante que los conozca para poder hacerlos valer adecuadamente. Si usted tiene alguna diferencia con su m茅dico, enfermera 贸 personal de salud puede acudir a la CONAMED, que es la Comisi贸n Nacional de Arbitraje M茅dico. Es una Instituci贸n P煤blica que ofrece medios alternos para la soluci贸n de controversias entre usuarios y prestadores de servicios m茅dicos; promueve la prestaci贸n de servicios de calidad y contribuye con la seguridad de los pacientes.(1)
DERECHOS DE LOS PACIENTES
1. RECIBIR ATENCI脫N M脡DICA ADECUADA
El paciente tiene derecho a que la atenci贸n m茅dica se le otorgue por personal preparado de acuerdo a las necesidades de su estado de salud y a las circunstancias en que se brinda la atenci贸n; as铆 como a ser informado cuando requiera referencia a otro m茅dico.
2. RECIBIR TRATO DIGNO Y RESPETUOSO
El paciente tiene derecho a que el m茅dico, la enfermera y el personal que le brinden atenci贸n m茅dica, se identifiquen y le otorguen un trato digno, con respeto a sus convicciones personales y morales, principalmente las relacionadas con sus condiciones socioculturales, de g茅nero, de pudor y a su intimidad, cualquiera que sea el padecimiento que presente, y se haga extensivo a los familiares o acompa帽antes.
3. RECIBIR INFORMACI脫N SUFICIENTE, CLARA, OPORTUNA Y VERAZ
El paciente, o en su caso el responsable, tienen derecho a que el m茅dico tratante les brinde informaci贸n completa sobre el diagn贸stico, pron贸stico y tratamiento; se exprese siempre en forma clara y comprensible; se brinde con oportunidad con el fin de favorecer el conocimiento pleno del estado de salud del paciente y sea siempre veraz, ajustada a la realidad.
4. DECIDIR LIBREMENTE SOBRE SU ATENCI脫N
El paciente, o en su caso el responsable, tienen derecho a decidir con libertad, de manera personal y sin ninguna forma de presi贸n, aceptar o rechazar cada procedimiento diagn贸stico o terap茅utico ofrecido, as铆 como el uso de medidas extraordinarias de supervivencia en pacientes terminales.
5. OTORGAR O NO SU CONSENTIMIENTO V脕LIDAMENTE INFORMADO
El paciente, o en su caso el responsable, en los supuestos que as铆 lo se帽ale la normativa, tiene derecho a expresar su consentimiento, siempre por escrito, cuando acepte sujetarse con fines de diagn贸stico o terap茅uticos, a procedimientos que impliquen un riesgo, para lo cual deber谩 ser informado en forma amplia y completa en qu茅 consisten, de los beneficios que se esperan, as铆 como de las complicaciones o eventos negativos que pudieran presentarse a consecuencia del acto m茅dico. Lo anterior incluye las situaciones en las cuales el paciente decida participar en estudios de investigaci贸n o en el caso de donaci贸n de 贸rganos.}
6. SER TRATADO CON CONFIDENCIALIDAD
El paciente tiene derecho a que toda la informaci贸n que exprese a su m茅dico, se maneje con estricta confidencialidad y no se divulgue m谩s que con la autorizaci贸n expresa de su parte, incluso la que derive de un estudio de investigaci贸n al cual se haya sujetado de manera voluntaria; lo cual no limita la obligaci贸n del m茅dico de informar a la autoridad en los casos previstos por la ley.
7. CONTAR CON FACILIDADES PARA OBTENER UNA SEGUNDA OPINI脫N
El paciente tiene derecho a recibir por escrito la informaci贸n necesaria para obtener una segunda opini贸n sobre el diagn贸stico, pron贸stico o tratamiento relacionados con su estado de salud.
8. RECIBIR ATENCI脫N M脡DICA EN CASO DE URGENCIA
Cuando est谩 en peligro la vida, un 贸rgano o una funci贸n, el paciente tiene derecho a recibir atenci贸n de urgencia por un m茅dico, en cualquier establecimiento de salud, sea p煤blico o privado, con el prop贸sito de estabilizar sus condiciones.
9. CONTAR CON UN EXPEDIENTE CL脥NICO
El paciente tiene derecho a que el conjunto de los datos relacionados con la atenci贸n m茅dica que reciba sean asentados en forma veraz, clara, precisa, legible y completa en un expediente que deber谩 cumplir con la normativa aplicable y cuando lo solicite, obtener por escrito un resumen cl铆nico veraz de acuerdo al fin requerido.
10. SER ATENDIDO CUANDO SE INCONFORME POR LA ATENCI脫N M脡DICA RECIBIDA
El paciente tiene derecho a ser escuchado y recibir respuesta por la instancia correspondiente cuando se inconforme por la atenci贸n m茅dica recibida de servidores p煤blicos o privados.
As铆 mismo tiene derecho a disponer de v铆as alternas a las judiciales para tratar de resolver un conflicto con el personal de salud. (1) CONAMED 鈥 COMISI脫N NACIONAL DE ARBITRAJE M脡DICO
www.conamed.gob.mx